Publicada en el DOG la modificación de la Ley de salud de Galicia, materia de examen en las oposiciones del Sergas

El DOG Núm. 39 del viernes, 26 de febrero de 2021, publica la Ley 8/2021, de 25 de febrero, de modificación de la Ley 8/2008, de 10 de julio, de salud de Galicia. Dicha norma figura en el temario común de los procesos selectivos de acceso libre del Servicio Gallego de Salud (Sergas).

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El objetivo de dicha modificación es, según la Xunta de Galicia, contar con una legislación “específica” para gestionar y luchar contra la pandemia del coronavirus, subsanando carencias como la necesidad de mayor concreción en las medidas, la regulación de los requisitos exigibles para su adopción por las autoridades, la urgencia de una mayor concreción del régimen sancionador y la precisión de los términos y el alcance de las garantías judiciales.

Este nuevo texto recoge, según el Ejecutivo gallego, todas las medidas preventivas, medidas de control de enfermos, contactos estrechos o en riesgo y posibles infracciones que pueden ser adoptadas por las autoridades para proteger la salud, incluyendo las limitativas de derechos fundamentales.

Entre las medidas preventivas se añaden: limitaciones de horario de apertura o cierre de establecimientos; medidas de seguridad e higiene; deber del uso de máscara; el deber de suministrar datos a la Administración, especialmente a personas procedentes de otros lugares; o la prohibición del consumo de bebidas alcohólicas en la vía pública.

En las medidas para el control de enfermos, contactos estrechos o en riesgo se fijan actuaciones como: aislamiento en el domicilio o internamiento en los hospitales; sometimiento a un tratamiento adecuado; cuarentena de los contactos estrechos; sometimiento a test o cribados; sometimiento a vacunación, siempre teniendo en cuenta los riesgos; medidas que limiten la circulación y la movilidad; confinamientos de zonas; y restricciones a las agrupaciones de personas.

En lo tocante a las infracciones, el documento cuenta con una completa y exhaustiva enumeración de posibles infracciones, entre las que se incluyen el incumplimiento del uso de la máscara, la celebración de fiestas o incumplir el aislamiento o la cuarentena.

De este modo, y según la ley, podrán considerarse infracciones leves, graves o muy graves, con sanciones de hasta 3.000 euros en el caso de las leves; y de 3.001 a 60.000 euros en las graves, que podrán llegar a los 600.000 euros en el caso de las muy graves. La sanción por el uso de la máscara se tipifica en 100 euros.