Preocupación por la viabilidad jurídica de adjudicar una plaza pública sin oposición a interinos que lleven más de 10 años en la administración

El Gobierno acordó este pasado miércoles, 21 de julio, en el marco de la reforma de los interinos que se debate en el Congreso de los Diputados, que los trabajadores temporales de las administraciones públicas que lleven más de diez años ocupando una plaza estructural que nunca haya sido convocada podrán adjudicarse dicha plaza sin necesidad de pasar la fase de oposición, sino únicamente por una valoración de méritos.

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Así lo avanzó la ministra de Hacienda y Función Pública, María Jesús Montero, durante su defensa del Real Decreto-ley de medidas urgentes para reducir la temporalidad en el empleo público, que según el Gobierno pretende atajar la misma del 30 % actual hasta el 8 %, y que finalmente fue aprobado por un voto de diferencia.

Dichos cambios se introducirán durante la tramitación del decreto como proyecto de ley por el procedimiento de urgencia. Montero se ha comprometido a tenerlo definitivamente aprobado antes de que acabe el próximo mes de octubre.

La fase de oposición no será eliminatoria


La norma incorporará también, de forma explícita, que la fase de oposición podría no ser eliminatoria, según el criterio que marquen las comunidades autónomas.

Asimismo, a partir de ahora se estipulan cuatro modalidades de contrato temporal en la administración, entre las que continúan los contratos por vacante y por sustitución, pero en los que se incorpora otra novedad. Así, aquellos que tengan como objetivo ejecutar programas de carácter temporal, el plazo máximo será de 9 meses dentro de un periodo de 18 meses, frente a los 6 actuales en 12 meses.

Viabilidad jurídica


Durante el debate, uno de los grupos más críticos con la norma ha sido Vox, que ha anunciado que, si se aprueba el decreto, lo llevará al Constitucional, ya que “tienes visos de ser inconstitucional”.

Según publica hoy el periódico El País, los sindicatos también advierten sobre la “letra pequeña” del este acuerdo parlamentario, ya que la futura redacción de la norma les preocupa, también, por la viabilidad jurídica de los cambios.

Según diversas fuentes sindicales consultadas por El País, los agentes sociales desconocían estos cambios y, tanto CSIF, el sindicato mayoritario entre los funcionarios, como UGT y CC OO coinciden en que hay que esperar a la tramitación del decreto como proyecto de ley, para ver cómo queda el texto definitivo y si se garantiza la seguridad jurídica y la viabilidad de la futura norma.

ERC y Unidas Podemos exigieron estos dos cambios para votar a favor del Real Decreto-ley: que en los concursos-oposición la fase de examen no sea necesariamente eliminatoria y que los funcionarios con más de 10 años en un puesto sin convocatoria de plaza no tengan que pasar por la oposición. La primera medida, según El País, gusta a los sindicatos; pero la segunda genera dudas sobre su encaje legal. En una entrevista con la Cadena Ser, el secretario general de UGT, Pepe Álvarez, aseguró este jueves que algunas de las medidas anunciadas ahora las habían barajado los sindicatos y el Ejecutivo las rechazó “alegando inconstitucionalidad”.

El decreto fija el marco general para acceder a los puestos públicos, tanto en la fase de méritos (concurso) como en la de exámenes (oposición). Esta segunda tiene que aprobarse para conseguir la plaza. Pero los socios del PSOE pidieron que en la tramitación parlamentaria se suprima ese requisito “pudiendo no ser eliminatorios los ejercicios de la fase de oposición”. Desde CC OO señalan que su sindicato planteó una propuesta con base a lo que ya se hace en algunos procesos, donde la nota de corte no se fija en el aprobado, sino más abajo en función de las puntuaciones medias de los aspirantes y “lo que parece que se plantea ahora es que no haya ninguna nota de corte”, por lo que habrá que esperar a ver la redacción del proyecto de ley para “ver la viabilidad jurídica”. Desde otras centrales como CSIF también ven positivo este punto.

No obstante, en CSIF sí ven controvertido el otro punto, el de eliminar la oposición para aquellos colectivos de trabajadores públicos que hayan ocupado plaza de forma ininterrumpida en los últimos 10 años y que no se haya publicado la correspondiente convocatoria pública. Por este motivo, quieren ver primero por escrito qué criterios se establecen porque puede generar discriminación. Desde el sindicato recuerdan que la doctrina del Tribunal Supremo es que el abuso de temporalidad se produce a partir de tres años.

Desde CC OO tampoco ocultan cierta inquietud, ya que “sin seguridad jurídica entras en un bucle de recursos al Tribunal Constitucional y ya no cumples el acuerdo porque se prolonga el proceso”. Una situación explosiva porque “la Administración es muy grande y hay muchas casuísticas”, lo que llevó a los sindicatos a pactar un texto muy medido con el ejecutivo, aseguran. Los movimientos en el Parlamento les darán ahora más trabajo para garantizar que la regularización no descarrile.

Límite temporal


El primero de los cambios pactados en el Parlamento fue el límite temporal para arrancar el procedimiento. El decreto refrendado este miércoles señala que las Administraciones Públicas deberán aprobar las plazas, el primer paso para la posterior convocatoria del proceso selectivo, antes del 31 de diciembre de este año. Pero esa fecha desaparecerá en la futura norma porque, según recoge el acuerdo, se fijará un plazo máximo de cuatro meses a partir de su entrada en vigor. Puesto que el procedimiento en el Congreso se acomete por la vía de urgencia, el propio acuerdo fija que el trámite empezará en septiembre y la nueva ley debe estar lista a mediados de octubre. De cumplirse ese plazo, las Administraciones ganarían mes y medio de margen y tendrían hasta mitad de febrero para aprobar las plazas.

310.000 interinos afectados


La regularización, según los cálculos que hizo el Gobierno en su día, afectará a unos 310.000 trabajadores temporales del sector público. La mayoría son interinos, aunque también puede haber personal laboral con contrato temporal. De acuerdo con los últimos datos disponibles del Ministerio de Hacienda, el pasado enero España contaba con más de 622.000 interinos. El motivo de que el Ejecutivo rebaje la cifra de afectados a prácticamente la mitad se debe, según fuentes de CSIF, a la “letra pequeña” del decreto. Este no afecta a todas las plazas temporales, sino a aquellas que injustificadamente llevan más de 3 años sin convocatoria de oposición. Y también contempla otras excepciones.

Según apunta El País en su información, desde CC OO avisan de la dificultad de realizar este tipo de estimaciones, ya que finalmente son las Administraciones las que tendrán que ver puesto por puesto cuáles entran en los requisitos. En eso consiste precisamente la primera fase del proceso, la de aprobación de las plazas. Y el grueso de interinos, siempre según los datos de Hacienda, se concentra en las comunidades autónomas, que suman más de 530.000 ya que gestionan la sanidad y la educación, las dos grandes fuentes de empleo público. Desde el sindicato consideran también que las cifras del Gobierno se quedan cortas y elevan la afectación a entre 450.000 y 530.000 empleados públicos.