PUBLICADA LA LEY DE PRESUPUESTOS GENERALES Y LA LEY DE MEDIDAS FISCALES Y ADMINISTRATIVAS DE GALICIA PARA 2023.

En el DOG de hoy,  30 de diciembre, se publica la Ley de presupuestos generales y la Ley de medidas fiscales y administrativas de Galicia para 2023, que introduce modificaciones en la Ley de empleo público autonómica.

Ley 6/2022, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales.

Destacar  el artículo 12 dedicado a la Oferta de empleo público u otro instrumento similar de gestión de la provisión de necesidades de personal.

Enlace a la Ley de medidas fiscales y administrativas

Por otro lado, la Ley 7/2022, de 27 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas introduce modificaciones en la Ley 2/2015, de 29 de abril, del empleo público de Galicia. Así en la regulación del personal funcionario interino, se incluye por primera vez la regulación de un período de prueba para el primer nombramiento de este personal, con unos plazos similares a los establecidos también para el personal laboral de la Xunta de Galicia, así como las consecuencias en el caso de su no superación. Y se añade una nueva disposición adicional en la Ley del empleo público de Galicia que recoge una modalidad específica de promoción del personal laboral. Asimismo, en materia de escalas y especialidades, se crea la escala de técnicos especialistas en patología forense del Imelga, con un nivel formativo de técnico superior en Anatomía Patológica y Citodiagnóstico, adecuado para las tareas que deben realizar. Esta escala permitirá sustituir paulatinamente los puestos actuales de auxiliares de autopsias, del grupo IV, categoría 39 de personal laboral, para los que no se exige formación específica.

Por último, también se modifican determinadas funciones para la escala de personal de servicios generales (PSG), con el fin de completar la redacción del precepto, atendiendo al funcionamiento cotidiano de los servicios de cocina y comedor, y para la escala de personal gerocultor, ya que la situación de las personas usuarias que precisan de la asistencia de este personal no solo es debida a situaciones de discapacidad, sino también a su situación de dependencia o al riesgo de padecerla. Asimismo, se recoge la supresión de la escala de protocolo y relaciones institucionales, puesto que sus funciones no tienen un contenido técnico y particularizado que haga necesario su mantenimiento.